La Ley Karin (Ley N° 21.643) es una normativa chilena que fortalece la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, acoso sexual y la violencia en el trabajo.
Asimismo, esta ley obliga a las organizaciones a implementar medidas concretas de protección para las personas trabajadoras, promoviendo entornos laborales seguros y respetuosos.
Dentro de estas preguntas frecuentes Ley Karin, una de las más habituales es su ámbito de aplicación. La ley aplica a:
Aunque se trate de empresas con pocos trabajadores, también deben cumplir la Ley Karin como medida de protección frente a situaciones de acoso o violencia.
Todas las empresas administradas por personas naturales o jurídicas privadas están obligadas a cumplir la Ley Karin y a implementar mecanismos de denuncia.
Sí. La Ley Karin exige contar con mecanismos de denuncia seguros y confidenciales que permitan reportar situaciones de acoso laboral, acoso sexual o violencia en el trabajo sin temor a represalias.
Por esta razón, el canal de denuncias es un elemento central del cumplimiento normativo.
La ley exige confidencialidad estricta durante todo el proceso. En este sentido, el uso de un canal de denuncias anónimo es una buena práctica recomendada, ya que:
Protege al denunciante
Reduce el temor a represalias
Fomenta la denuncia oportuna
Dentro de las preguntas frecuentes Ley Karin, también se consulta qué conductas pueden reportarse. Entre ellas se incluyen:
Conductas reiteradas de hostigamiento, humillación, aislamiento o menoscabo, realizadas por superiores, compañeros o subordinados.
Conductas de carácter sexual no consentidas, ya sean verbales, físicas o gestuales, que resulten ofensivas o intimidantes.
Para garantizar la protección de la información y un proceso adecuado, la ley define roles claros:
Sí. La Ley Karin establece plazos definidos para asegurar un proceso justo y oportuno:
ETAPA |
PLAZO |
|---|---|
|
Medidas de resguardo |
Inmediatas |
|
Investigación interna |
Hasta 30 días |
|
Aviso a Dirección del Trabajo (acoso sexual) |
3 días |
Para cumplir con la normativa, las organizaciones deben:
El canal de denuncias cumple un rol clave porque permite:
Un canal digital facilita el cumplimiento normativo al ofrecer:
En Chile, la Ley Karin (Ley 21.643) establece que el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, acoso sexual o violencia en el trabajo puede ser sancionado por la Dirección del Trabajo con multas económicas en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Tamaño de la empresa |
Rango de multas (UTM) |
Comentario |
|---|---|---|
|
Microempresa (1 a 9 empleados) |
3 – 5 UTM |
Multas más bajas para pequeñas estructuras. |
|
Pequeña empresa (10 a 49) |
6 – 10 UTM |
Por no cumplir obligaciones básicas como informar y capacitar. |
|
Mediana empresa (50 a 199) |
24 – 40 UTM |
Dependiendo de la gravedad de la infracción realizada. |
|
Gran empresa (200 o más) |
36 – 60 UTM |
Multas máximas previstas para incumplimientos graves. |
Contar con un canal de denuncia anónima efectivo es beneficioso para toda la organización, ya que refuerza una cultura de ética, fortalece la confianza del personal y previene incumplimientos legales.
Nos encantará ofrecerte asesoramiento, responder a tus preguntas sobre la denuncia de irregularidades o mostrarte nuestro software en acción.
Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, con mención en Derecho Civil e Historia Contemporánea de la Pontificia Universidad Católica de Chile, año 2011. Título de abogado otorgado por la Excelentísima Corte Suprema, año 2013.
Diplomado en Derecho de Familia y Sociedad, Pontificia Universidad Católica de Chile, año 2013.
Diplomado en Litigación Administrativa, Pontificia Universidad Católica de Chile, año 2016.
Diplomado en Derecho Laboral Administrativo y Sancionador, Universidad de Chile, año 2017.
Ayudante en la Cátedra de Clínica Jurídica, Sección de Derecho Público, años 2010-2012 y 2017, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Curso de Estatuto Administrativo, Pontificia Universidad Católica de Chile (2020).
Curso de Especialización Obligación de Seguridad y Derecho del Trabajo, Universidad de Concepción (2021).
Actualmente cursando Magíster de Derecho Constitucional, Universidad de Talca.
